Especialistas en Madrid

Cancela tus
deudas con la
Ley de Segunda
Oportunidad

Especialistas en Ley de Segunda Oportunidad. Desde 2015 ayudamos a personas y autónomos a cancelar sus deudas desde nuestro despacho en Madrid.

+500
Deudas canceladas
24h
Primera respuesta

¿Cuál es tu situación?

Cuéntanos tu situación y un abogado te llama hoy

El proceso

Cancela tus deudas en 4 pasos

Un proceso claro, sin sorpresas. Te acompañamos en cada etapa hasta que el juez declare la exoneración total de tus deudas.

1

Consulta gratuita

Analizamos tu caso sin coste y te decimos si cumples los requisitos para acogerte a la ley.

2

Preparación del expediente

Con tu certificado digital obtenemos la documentación de los distintos organismos públicos y formamos tu expediente completo.

3

Concurso de acreedores

Presentamos el expediente en el juzgado de Madrid y tramitamos el procedimiento completo. Nos encargamos de todo.

4

Resolución judicial

El juez dicta la resolución final. Trabajamos para que puedas cerrar esta etapa y comenzar de cero sin las cargas del pasado.

Requisitos

¿Puedo acogerme a la Ley?

Desde la reforma de 2022, la ley es más accesible que nunca. Puedes ser candidato si te encuentras en alguna de estas situaciones:

👤

Persona física o autónomo

La ley aplica a particulares y a autónomos con deudas de empresa, organismos públicos o personales.

📉

Insolvencia real

No puedes pagar tus deudas vencidas o previsiblemente no podrás hacerlo en los próximos meses.

🤝

Buena fe acreditada

No has contraído las deudas de forma fraudulenta. La mayoría de casos cumplen este requisito.

🏦

Deudas con entidades

Préstamos bancarios, tarjetas de crédito, hipotecas, deudas con proveedores u organismos públicos.

📋

Sin antecedentes, infracciones o concursos recientes

No debes haber sido declarado culpable en concurso en los últimos 10 años, ni tener antecedentes por delitos socioeconómicos ni infracciones graves con la Agencia Tributaria.

No sabes si cumples

Consúltanos. Hacemos el análisis gratuito y te decimos honestamente si tu caso tiene salida.

Especialistas en Madrid con resultados probados

Análisis previo gratuito y sin compromiso

Antes de que firmes nada, un abogado estudia tu caso y te dice si cumples los requisitos. Si no los cumples, te lo decimos con absoluta claridad.

Abogados colegiados y mediadores acreditados

Todo el equipo está colegiado y cuenta con seguro de responsabilidad civil. Somos mediadores registrados por el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Casos publicados y verificables

Todas nuestras resoluciones están publicadas en el Registro Público Concursal con juzgado, fecha y deuda exonerada. Transparencia total, nada que ocultar.

Seguimiento en tiempo real + precio todo incluido

Acceso online a tu expediente con alertas en cada hito. Honorarios con abogado, procurador e IVA incluidos, sin costes ocultos y con financiación.

+500
familias liberadas de deudas
Con una valoración media de ⭐⭐⭐⭐⭐ en Google Reviews por nuestros clientes satisfechos

Precios transparentes

Tarifas todo incluido

Para el supuesto de que no tengas bienes a tu nombre. Abogado, procurador e IVA incluidos. Oferta válida hasta el 30/06/26.

OFERTA

Deuda hasta 50.000 €

1.980

pago único · IVA incluido

⭐ 50% a la firma + resto a la presentación

Abogado y Procurador incluidos
IVA incluido

Otras formas de pago:

12 meses — 250 € inicial + 172 €/mes · Total: 2.142 €
18 meses — 150 € inicial + 127 €/mes · Total: 2.309 €
24 meses — 100 € inicial + 99 €/mes · Total: 2.377 €
Contratar
OFERTA

Deuda de 50.001 € a 100.000 €

2.700

pago único · IVA incluido

⭐ 50% a la firma + resto a la presentación

Abogado y Procurador incluidos
IVA incluido

Otras formas de pago:

12 meses — 300 € inicial + 233 €/mes · Total: 2.863 €
18 meses — 200 € inicial + 165 €/mes · Total: 3.005 €
24 meses — 150 € inicial + 130 €/mes · Total: 3.140 €
Contratar

Deuda superior a 100.000 €

Tarifa personalizada

Para deudas superiores a 100.000 € elaboramos un presupuesto a medida según tu situación.

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Financiación a medida
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* Si tienes bienes a tu nombre, contacta con nosotros para un presupuesto personalizado.

Testimonios reales

Lo que dicen nuestros clientes

Más de 500 familias ya han empezado de cero. Lee sus experiencias.

★★★★★

"Carmen como abogada principal ha llevado todo el proceso de manera fenomenal y todo controlado. Siempre cumpliendo objetivos y lo más importante haberlo conseguido. Valentina también una muy buena persona y atenta. Gracias por vuestro trabajo."

Ángel Pérez Cornejo
Reseña verificada en Google
★★★★★

"Gracias, gracias y gracias por ayudarme a solucionar esta situación que parecía que no iba a tener solución. Un servicio serio, transparente y eficaz, aunque muy cercano gracias a Carmen y su equipo. Totalmente recomendable. No dudéis en asesoraros por ellos."

Juan Grilli Campi
Reseña verificada en Google
★★★★★

"Hoy me llamó Carmen la abogada para decirme que me exoneraron de mis deudas. Empecé en septiembre con toda la documentación y no ha tardado, ha sido rápido. Os recomiendo a quien desee acogerse a esta ley."

Tere Aguirre
Reseña verificada en Google

Tramitamos tu expediente en los juzgados de Madrid

Conocemos los juzgados mercantiles de Madrid y sus tiempos de resolución. Esa experiencia local marca la diferencia en la rapidez de tu proceso.

📍
Comunidad de Madrid
📞 91 879 14 31

Preguntas frecuentes

Lo que nadie te cuenta

Respuestas directas y honestas. Sin letra pequeña.

Es un procedimiento judicial regulado por la Ley 16/2022 que permite a particulares y autónomos en situación de insolvencia solicitar la exoneración de sus deudas ante un juez. No es un indulto automático: el deudor debe acreditar buena fe y cumplir los requisitos legales. Cuando el proceso concluye favorablemente, el juez puede cancelar la totalidad o parte de las deudas pendientes.

Los principales: actuar de buena fe (haber intentado negociar con acreedores y no haber ocultado bienes), cumplir con los deberes de colaboración con el juez, no haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años, no haber obtenido ya una exoneración en los últimos 5 años, y no haber sido declarado persona afectada en un concurso culpable. Si no tienes claro si los cumples, te lo analizamos gratis.

Se pueden cancelar: préstamos personales, tarjetas de crédito, deudas con proveedores, deuda con la AEAT hasta 10.000 € de principal, deuda con la Seguridad Social hasta 10.000 € de principal, e intereses y recargos de deudas públicas. Quedan excluidas: pensiones alimenticias, responsabilidades civiles por delitos, multas y sanciones muy graves, costas del propio procedimiento, y deuda pública que supere los límites indicados.

La respuesta honesta: depende del juzgado y de tu situación. El caso más rápido que hemos resuelto fue en 27 días hábiles. La media habitual es de 3 a 6 meses para casos sin bienes. Procedimientos con mayor volumen de deuda o bienes que liquidar pueden extenderse hasta 18 meses. Ningún despacho puede garantizarte un plazo exacto: la resolución final la dicta el juez.

No. La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento judicial con resultado incierto que depende de la valoración del juez. Lo que sí hacemos es ser completamente transparentes: una vez analizado tu caso te informamos de las posibilidades reales, y si vemos problemas te lo decimos con claridad antes de que firmes nada. Si no cumples los requisitos, no te lo vamos a ocultar.

Las tarifas mostradas aplican al supuesto sin bienes a tu nombre, que es el caso más habitual. Si tienes bienes, el procedimiento es diferente y requiere presupuesto personalizado. En muchos casos con hipoteca es posible proteger la vivienda habitual. Te lo explicamos en la consulta inicial gratuita.

Sí. El proceso no afecta a tu actividad laboral. Puedes seguir trabajando como empleado o autónomo mientras se tramita tu expediente.

Todo nuestro equipo está integrado en el Colegio de Abogados correspondiente y responde personalmente ante cualquier incidencia. Tenemos contratado seguro de responsabilidad civil. Además, tienes acceso online a tu expediente en todo momento, con alertas por email o SMS en cada hito del proceso. Todas nuestras resoluciones están publicadas y verificables en el Registro Público Concursal.

Lo que te decimos antes de firmar nada

⚖️ Abogados colegiados

Todo el equipo está colegiado y responde personalmente ante cualquier incidencia. Tenemos contratado seguro de responsabilidad civil profesional.

🏛️ Mediadores acreditados

Somos mediadores registrados por el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

📋 Casos verificables

Todas nuestras resoluciones están publicadas en el Registro Público Concursal con juzgado, fecha y deuda exonerada. Nada que ocultar.

📲 Seguimiento en tiempo real

Tienes acceso online a tu expediente en todo momento, con alertas por email o SMS en cada hito del proceso.

⚠️ Aviso legal importante

La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento judicial con resultado incierto. El éxito depende del cumplimiento de los requisitos de la Ley 16/2022 y de la valoración del juez en cada caso. Este despacho no garantiza la exoneración de deudas. Una vez analizado tu caso te informaremos de las posibilidades reales con absoluta claridad — y si no cumples los requisitos, te lo diremos antes de que firmes nada. La información de esta web tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico.

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